Urge una mayor claridad en el mercado energético, el retraso en la implementación de la política sobre energías renovables ha agravado el problema y ahora tenemos un cuello de botella por no existir señales claras.
Recientes estudios de los mercados internacionales energéticos revelan una inclinación uniforme de importantes inversiones hacia las energías renovables, y ésta es también la realidad de Colombia, que ha modernizado su legislación para hacerla posible con la ley 1715 de 2014.
Colombia tiene que ajustarse a esta tendencia porque sus reservas no renovables se agotan, son combustibles costosos y contaminantes, y la prospectiva no le favorece mientras se desaprovechan importantes ventajas climáticas y geográficas principalmente en el Caribe colombiano.
El interés inversionista hacia estos proyectos en el país se enfrenta con obstáculos de todo tipo que entorpecen su materialización y maduración, llevamos un recorrido desde la sanción de la ley y siguen las omisiones y obstrucciones. Ahora la nueva dificultad por superar es la reglamentación de un mecanismo especial para la entrada en aplicación de la política de diversificación del mercado energético nacional, que es el objetivo final de la ley 1715.
Mientras se da la expedición de la norma que conceda la reglamentación de un mecanismo competitivo de asignación que sea inclusivo y promueva la participación de todas las tecnologías existentes y futuras de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovables (FNCER), resulta necesario que se adelante en el país el debate sobre la interpretación acogida para el principio de neutralidad tecnológica, el cual existe en relación con la tarifa y no a las tecnologías, considerando que resulta relevante aclarar que el principio ha sido utilizado para generar una cortina de humo en relación con las renovables en Colombia aduciendo que el mercado debe mantenerse inmóvil frente a las tecnologías.
No obstante la interpretación del principio no puede ser una excusa para que no se regule y se adapte la normatividad existente a estos avances tecnológicos que resultan contemporáneos, más cuando la regulación que se exige no promueve subvenciones. Simplemente sugiere un mecanismo para entrar en un mercado que fue diseñado y concebido sin actores con un recurso diferente a los que conforman hoy la canasta energética nacional pidiendo que las mismas sean concebidas como complementarias dentro del sistema.
Según lo explicado anteriormente, se debe buscar una regulación a tono con la realidad del sector energético colombiano que desmarque el esquema de estas posturas que hacen daño, a fin de liberarla del sesgo con el que se ha interpretado dicho principio y, finalmente, contar con una herramienta para la contratación a largo plazo que viabilice la entrada de este tipo de energía a la matriz energética nacional.
La mayoría de los países de la región han logrado a través de subastas, la asignación de contratos a largo plazo sin excluir otros mecanismos propios de su sistema, asimilando que las renovables serán siempre complementarias en cualquier mercado energético sin desplazar otras fuentes por su naturaleza propia.
Este tipo de transacciones de energía conducen a la concertación de precios más bajos que, con su proyección de una tendencia a la baja en contraste con los precios de los actores convencionales del mercado energético, pueden garantizar contratos a largo plazo con precios competitivos sin que esto implique distorsión ni señales equivocas en el mercado por razones que diferencian la energía asignada en este tipo de mecanismo a la transada en la forma habitual, mecanismos que no son excluyentes y que pueden subsistir con la concepción del mercado colombiano y su premisa de confiabilidad y firmeza.
Las renovables son complementarias a otras energías que aportan confiabilidad no siendo factible que con la regulación existente entren a garantizar esto en un proceso cuya fuente no le permite responder por estas características. De allí la necesidad que deban entrar con un mecanismo de asignación especial.
Lo que se busca es otorgar regulatoriamente un mecanismo para integrar las tecnologías de fuentes no renovables y llamarlas a competir en condiciones que le permitan coexistir con las características propias de la generación con este tipo de fuentes, toda vez que, con los cargos de confiabilidad y capacidad actuales del mercado colombiano, quizás inadvertidamente se ha premiado en exceso la consistencia de las plantas convencionales, propias de los recursos finitos medidos, como lo son el gas y el agua.
Este tipo de mecanismo permitiría la suscripción de contratos de suministro con plazos de 15 a 20 años, que habilitarían el cierre financiero de los proyectos de fuentes no convencionales y que el sistema competitivo de precio resulte inevitablemente en beneficios económicos para quien paga y consume, que es el usuario final.
Una subasta para adjudicar contratos a largo plazo permitiría una opción de precio favorable al mismo tiempo que podría no ser atractiva para a quienes transan la venta de su energía en condiciones tradicionales que por la concepción y funcionalidad del mercado han favorecido a la permanencia de los actores convencionales en el mercado de energía.
No es admisible que según “leyes del mercado” se retrase la entrada de un nuevo actor que mejore las condiciones del mismo sólo por favorecer y dispensar a quien siempre ha tenido el control y cuyos proyectos están hoy ya amortizados. De ser ese el deber ser de las cosas. Los mercados serían estáticos y la economía de los países inamovibles.
Lanzar este tipo de señales como país desde el sector energético nos hace visiblemente culpables a nivel internacional de un modelo económico proteccionista e inmaduro, despreciando una industria que, según el Consejo Mundial del Energía, aportó empleo 9.8 millones de empleos en 2016.
La cimentación de la energías renovables en el mercado energético de países vecinos ha sido el resultado directo de un ambiente propicio para ello en el cual se armonizan intereses gubernamentales y económicos para su desarrollo, siendo las subastas el mecanismo de preferencia por brindar la posibilidad de diseñarse y construirse sobre las bases del mercado y del sistema energético preexistente de cada país.
Colombia no puede estar a la zaga en regulación sobre mercados para ganar en la competencia universal de energías. Parte de la tarea ya le hemos hecho bien con el marco legal.