El Senador por el Partido de la U, José David Name Cardozo explicó esta tarde en la audiencia pública sobre las redes sociales y los límites la libertad de expresión en la Corte Constitucional, el proyecto de ley 179 de 2018 Senado sobre la protección de los colombianos en la web del cual es autor.
“El aumento reciente de casos reportados de personas que han sido injuriadas o calumniadas por medio de redes sociales y en general a través de plataformas en la web, hacen necesario establecer un marco jurídico que permita a los afectados acudir a las autoridades correspondientes, incluidos los prestadores de servicios en la web, para que resuelvan de forma rápida las solicitudes de eliminación del contenido dañino, ya que iniciar un proceso judicial exige tiempo y dinero y no garantiza que se detenga oportunamente la difusión de la información” expresó el Senador José David Name durante su intervención.
El proyecto de ley “Por medio del cual se crean normas de buen uso y funcionamiento de redes sociales y sitios web en Colombia” radicado el pasado mes de octubre, tiene como objeto crear medidas expeditas y eficaces que permitan evitar la difusión y reproducción de información falsa, calumniosa e injuriante en contra de personas inocentes, ya que actualmente no existen herramientas distintas a las de la vía jurisdiccional (proceso penal, proceso civil y acción de tutela) para que los usuarios puedan proteger sus derechos.
El Senador Name explicó el procedimiento que propone el proyecto de ley 179 de 2018 para proteger la honra y el buen nombre de los ciudadanos, cuando sobre ellos se hicieren publicaciones en redes sociales y sitios web. A continuación, la descripción de dicho procedimiento:
• Cuando un sujeto determinado o indeterminado realice una publicación que afecte los derechos fundamentales de otra persona (víctima).
• El afectado o víctima, podrá denunciar/reportar su caso por cualquier medio ante el proveedor de servicios web (facebook, instagram, twitter, google, etc.) o ante el MinTIC. Simultáneamente, el MinTIC deberá brindarle asesoría.
• El proveedor de servicios deberá recibir dicha denuncia/reporte.
• Inmediatamente, el proveedor deberá tomar acciones correctivas para interrumpir e impedir la difusión de la publicación denunciada, por lo cual tendrá que indagar si la publicación es o no veraz, contactando al emisor y a la víctima.
• Si el emisor del mensaje no contesta, es una cuenta falsa, o no tiene pruebas (ni soportes de autoridad competente) que permitan defender su publicación, deberá eliminarse el mensaje.
• Si el emisor respalda debidamente su publicación, con información o soporte de autoridad competente, deberá mantenerse en la web.
• De los resultados que arroje la indagación y las medidas que se tomen, deberá informarse a la víctima.
• Dentro de las 72 horas siguientes a su recibo, las plataformas deberán informar sobre las denuncias y las acciones correctivas tomadas al MinTIC.
JOSÉ DAVID NAME CARDOZO
Senador de la República
Presidente de la Comisión V del Senado
Bogotá, 28 de febrero de 2019